SIC impone multa a Postobón por publicidad engañosa
La empresa deberá pagar multa de $1.667 millones, equivalentes a 1.900 salarios mínimos legales.
La autoridad dijo que las campañas del producto incentivaba el consumo de manera engañosa, pues la bebida no tiene suficiente porcentaje de fruta como para llamarla jugo.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una multa de más de $1.667 millones a la empresa Gaseosas Posada Tobón S. A. (Postobón) por falta de calidad, información inadecuada y publicidad engañosa en la promoción de los productos Hit.
Según la investigación de la autoridad, las proclamas “elige Hit, la fruta de verdad”, “lo mejor para la lonchera de tus hijos”, “me hace más fuerte”, “contiene dos veces más fruta que otros productos del mismo sabor de la categoría refrescos de fruta”, “al mejor precio”, “lo natural es un Hit”, entre otros, no sólo contenían información inadecuada sino que estaban destinados a incentivar de manera engañosa el consumo de dicha bebida en niños, niñas y adolescentes.
A través de un comunicado de prensa de la Superintendencia, las directivas de la compañía indicaron que acatan la medida de la entidad de vigilancia, pero que «en aras de ejercer su derecho a la defensa, avanza en análisis jurídico necesario para comprender los términos de la decisión de la SIC y poder hacer uso de los mecanismos que la ley le confiere de cara a su defensa, como en este caso, el derecho de reposición o de apelación».
Además, la empresa, según la Supercomercio, incumplió con la obligación de evitar el uso de imágenes, expresiones visuales o auditivas o representaciones que no correspondiera a la realidad del producto, en lo relacionado con sus características y la obligación de no exagerar su naturaleza u otorgarle al producto un valor inexistente.
El ente de control asegura que la decisión, tomada a través de la Resolución 37544 de julio de 2020, se adoptó luego de adelantar el correspondiente proceso administrativo sancionatorio, con el que se demostró la vulneración de los derechos que tienen los consumidores a: recibir productos de calidad conforme a las condiciones anunciadas en la publicidad; recibir protección contra la publicidad engañosa y obtener información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea sobre los productos ofrecidos,